¿Quiere adherirse a Visa?

¿Desea adoptar los productos Visa y ofrecer a sus clientes estas tarjetas con prestaciones adicionales? Esta sección explica el procedimiento que hay que seguir para adherirse a Visa.

La Adquisición, ¿quién está detrás?

Visa es una asociación de entidades financieras de todo el mundo. Al adherirse como miembro de Visa Europe, una entidad financiera adquiere el derecho de emitir tarjetas Visa y la posibilidad de desarrollar relaciones con socios comerciales. Visa no emite tarjetas ni se implica en el ámbito de las compras. Todas las actividades relacionadas con las tarjetas y las compras atañen a las entidades adheridas. Algunos bancos confían a proveedores de servicios los contactos con sus socios adheridos. Esto no autoriza a estos proveedores a formalizar contratos con los comercios ni a intervenir en las transacciones Visa. Las entidades adheridas tienen que cumplir las normas estipuladas por Visa Europe en materia de emisión de tarjetas y de afiliación de puntos de aceptación. Visa Europe supervisa el cumplimiento de estas normas.

Observación:

Hasta el 30 de diciembre de 2010, las más de 4.000 entidades financieras miembros de Visa Europe habían emitido 427 millones de tarjetas que pueden utilizarse en cerca de 24 millones de puntos de venta en todo el mundo.

Adquisición: definición

Por adquisición se entiende la formalización de un contrato entre una entidad bancaria y un comercio al por menor, un gran almacén, una agencia de viajes, etc. por el que se rige la aceptación de tarjetas de crédito. Este contrato sólo puede celebrarse entre el comercio y su banco. En otras palabras, Visa Europe no interviene en ningún caso en el marco de dichos acuerdos. Esto quiere decir que el comercio es cliente de su banco y no de Visa Europe. Así pues, el contrato de aceptación de tarjetas Visa sólo se puede formalizar con una entidad financiera miembro de Visa.

Contenido del contrato

El contrato formalizado por el comercio y la entidad financiera regula todos los pormenores relativos a la aceptación de las tarjetas Visa. Entre estos puntos esenciales, se incluyen:

  • El descuento acordado (comisión abonada por el comercio)
  • El deber de diligencia asociado a la aceptación de tarjetas Visa
    • Verificación de la firma, inclusive para las transacciones online
    • Solicitud de autorización de pago, en caso necesario
  • Las prestaciones de servicios de los contratantes
  • La duración del contrato
  • El preaviso de rescisión

Derechos y deberes del comercio

El establecimiento comercial que ha formalizado un contrato de aceptación de tarjetas Visa puede utilizar la marca Visa de conformidad con las normas establecidas por Visa. Así pues, el comercio se obliga a aceptar todas las tarjetas Visa con arreglo a las obligaciones que se estipulan en su contrato. Asimismo, el comercio adherido tiene la obligación de indicar de forma visible, a los titulares de las tarjetas, la aceptación de las tarjetas Visa en caja o en su escaparate.