¿Quiere adherirse a Visa?
¿Desea adoptar los productos Visa y ofrecer a
sus clientes estas tarjetas con prestaciones adicionales? Esta
sección explica el procedimiento que hay que seguir para adherirse
a Visa.
La Adquisición, ¿quién está detrás?
Visa es una asociación de entidades financieras de todo el
mundo. Al adherirse como miembro de Visa Europe, una entidad
financiera adquiere el derecho de emitir tarjetas Visa y la
posibilidad de desarrollar relaciones con socios comerciales. Visa
no emite tarjetas ni se implica en el ámbito de las compras. Todas
las actividades relacionadas con las tarjetas y las compras atañen
a las entidades adheridas. Algunos bancos confían a proveedores de
servicios los contactos con sus socios adheridos. Esto no autoriza
a estos proveedores a formalizar contratos con los comercios ni a
intervenir en las transacciones Visa. Las entidades adheridas
tienen que cumplir las normas estipuladas por Visa Europe en
materia de emisión de tarjetas y de afiliación de puntos de
aceptación. Visa Europe supervisa el cumplimiento de estas
normas.
Observación:
Hasta el 30 de diciembre de 2010, las más de 4.000 entidades
financieras miembros de Visa Europe habían emitido 427 millones de
tarjetas que pueden utilizarse en cerca de 24 millones de puntos de
venta en todo el mundo.
Adquisición: definición
Por adquisición se entiende la formalización de un contrato
entre una entidad bancaria y un comercio al por menor, un gran
almacén, una agencia de viajes, etc. por el que se rige la
aceptación de tarjetas de crédito. Este contrato sólo puede
celebrarse entre el comercio y su banco. En otras palabras, Visa
Europe no interviene en ningún caso en el marco de dichos acuerdos.
Esto quiere decir que el comercio es cliente de su banco y no de
Visa Europe. Así pues, el contrato de aceptación de tarjetas Visa
sólo se puede formalizar con una entidad financiera miembro de
Visa.
Contenido del contrato
El contrato formalizado por el comercio y la entidad financiera
regula todos los pormenores relativos a la aceptación de las
tarjetas Visa. Entre estos puntos esenciales, se incluyen:
- El descuento acordado (comisión abonada por el comercio)
- El deber de diligencia asociado a la aceptación de tarjetas
Visa
- Verificación de la firma, inclusive para las transacciones
online
- Solicitud de autorización de pago, en caso necesario
- Las prestaciones de servicios de los contratantes
- La duración del contrato
- El preaviso de rescisión
Derechos y deberes del comercio
El establecimiento comercial que ha formalizado un contrato de
aceptación de tarjetas Visa puede utilizar la marca Visa de
conformidad con las normas establecidas por Visa. Así pues, el
comercio se obliga a aceptar todas las tarjetas Visa con arreglo a
las obligaciones que se estipulan en su contrato. Asimismo, el
comercio adherido tiene la obligación de indicar de forma visible,
a los titulares de las tarjetas, la aceptación de las tarjetas Visa
en caja o en su escaparate.